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Miguel Pérez de Yrigoyen, mejor abogado del año en Cádiz y Sevilla.

La publicación especializada BEST LAWYER© ha nombrado al abogado afincado en El Puerto en el apartado de Derecho Bancario y de finanzas.

 

El pasado 10 de diciembre la prestigiosa publicación de ámbito jurídico BEST LAWYER IN SPAIN, junto con el diario digital especializado en Derecho Confilegal, hicieron público el ranking jurídico de los mejores abogados españoles de los años 2019 y 2020.

 

Un total de 163 abogados españoles han sido designados, de entre más de tres mil aspirantes, como «BEST LAWYER OF THE YEAR SPAIN 2020» entre los que se encuentra Miguel Pérez de Yrigoyen, abogado y socio Director de YRIGOYEN abogados&urbanistas, despacho multidisciplinar con sede en El Puerto de Santa María.

 

El abogado, portuense de adopción desde hace ya más de 12 años, ha sido distinguido como mejor abogado del año 2020 para el área de Derecho Bancario y de las Finanzas en las provincias de Cádiz y Sevilla, para lo que se valoran la especialidad reconocida del abogado y la ciudad en la que ejerce la profesión, de modo que sólo un abogado es reconocido como el «Abogado del Año» para cada especialidad y lugar. También se le reconoce como experto en Derecho Urbanístico e Inmobiliario y en Litigación Civil en la misma publicación jurídica.

 

Yrigoyen acumula casi dos décadas de ejercicio profesional durante las cuales ha prestado sus servicios en despachos de abogados de carácter internacional, asesorías jurídicas de empresas cotizadas y desde hace 12 años es Socio Director del Despacho ubicado en El Puerto de Santa María, y que dentro del ámbito del Derecho Bancario fue el primer despacho de conseguir la anulación de una Hipoteca Multidivisa en Andalucía, en un asunto que precisamente se tramitó en los juzgados portuenses. La firma YRIGOYEN abogados&urbanistas es un referente en materia de defensa de consumidores en la región andaluza y sólo representa a consumidores y usuarios, no habiendo representado jamás los intereses de ninguna Entidad Bancaria; actualmente dirige un importante número de procedimientos judiciales en materia de consumidores, destacando los procedimientos para declarar la nulidad de las cláusulas abusivas y otros productos bancarios de carácter tóxico. (…)

 

ANDALUCÍA INFORMACIÓN – 12.12.2019

Anulada por primera vez en Jaén una hipoteca multidivisa.

La Justicia jiennense considera que el contrato fue “poco transparente”.

 

El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Jaén ha anulado parcialmente la hipoteca multidivisa que suscribió un vecino de la capital con la entidad bancaria Bankinter. Se da la circunstancia de que es la primera sentencia dictada en Jaén sobre esta materia y también la primera en toda Andalucía desde las recientes resoluciones del Tribunal Supremo, en las que se establecía “la falta de transparencia” de estos productos financieros.

 

Las hipotecas multidivisa son un tipo de préstamo que se suscribe en euros, pero cuyo principal e intereses se abonan al banco en una moneda distinta, normalmente el franco suizo y el yen japonés, para aprovechar la diferencia de tipo de cambio y pagar cuotas más bajas. El “boom” de este tipo de crédito se produjo justo antes de la crisis, cuando el euribor rondaba el 5%. Sin embargo, la depreciación de la moneda única y la caída del euribor dispararon enormemente las cuotas que pagan los hipotecados bajo esta fórmula. Así, en el caso de este jiennense suscribió una hipoteca de 170.000 euros en mayo del año 2007. Durante todo este tiempo, llegó a amortizar más de 65.000 euros. Sin embargo, a pesar de todo el dinero que pagó, seguía debiendo al banco 160.000 euros. ¿Por qué? Porque su hipoteca se pagaba en yenes, una moneda que se apreció frente al euro.

 

Ahora, la Justicia ha declarado que el cliente no fue advertido de los riesgos que corría al contratar este producto, es decir, que la divisa japonesa podía revalorizarse. La entidad bancaria fue declarada en rebeldía procesal, al no contestar a la demanda presentada por este consumidor jiennense, a través del bufete de abogados dirigido por el letrado Miguel Pérez de Yrigoyen. “No aportó prueba alguna, ni documental ni por la vía del testimonio de los empleados de la entidad que participaron en la contratación de la hipoteca multidivisa, por lo que no pudieron demostrar que existió un procedimiento previo de comercialización en el que se entregara al hipotecado toda la información de los riesgos de este producto”, señala el abogado.

 

DIARIO JAÉN – 19 de Enero 2018

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